Dictamen N° 75099/2014
N° 75.099 Fecha: 30-IX-2014 Esta Entidad de Fiscalización ha dado curso al documento del rubro, que aprueba bases administrativas y técnicas tipo; anexos N°s. 1, 2, 3, 4, 5 y 6, y convenio tipo de la licitación pública para la adquisición de fresas con equipos asociados en comodato, por un período de 36 meses, para el Instituto de Neurocirugía Dr. Alfonso Asenjo, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con advertir que lo indicado en la letra c) del N° 7 del capítulo II del pliego administrativo, en orden que procede hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta si “se comprobare falsedad en la oferta del proponente”, debe entenderse aplicable a la propuesta adjudicada y no a aquellas que sean declaradas inadmisibles o desestimadas, toda vez que éstas no conllevan un detrimento a los intereses del Estado que se pretenden resguardar con dicha caución (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 78.872, de 2012, y 65.771, de 2013). A su turno, en el orden formal, es menester hacer presente que el listado de equipamiento que debe ser entregado en comodato se encuentra detallado en la tabla N° 1 del N° 2, letra a), de las bases técnicas y no en su “número 4”, como se indica en el N° 11 del capítulo V de las bases administrativas. Asimismo, la individualización de las fresas que se buscan adquirir en virtud de las licitaciones correspondientes, está contenida en el anexo N° 6 que se aprueba mediante el acto sometido al control de juridicidad, y no en la “tabla N° 1”, como se señala en el primer párrafo del N° 2 de las citadas bases técnicas. Finalmente, cabe hacer presente que lo expresado anteriormente debe ser precisado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública mediante aclaraciones a las bases, durante la etapa respectiva de la licitación. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo enunciado. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República