Dictamen CGR

Dictamen N° 75644/2015

2015-09-23 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Diploma de ingeniero industrial otorgado por la Universidad Andrés Bello es útil para acceder a un cargo grado 7 de la planta profesional de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo
Aplicado por
Dictamen N° 86788/2015
Aplica dictamen

N° 75.644 Fecha: 23-IX-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Luis Aravena Alfaro, funcionario de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, consultando si su título de Ingeniero Industrial, otorgado por la Universidad Andrés Bello en el año 2011, es útil para acceder a un cargo profesional, grado 7, de ese servicio. Al respecto, la citada casa de estudios manifestó que dicho diploma es homologable al título de Ingeniero de Ejecución Industrial, mientras que la entidad empleadora señaló que la aludida certificación no permite postular a la plaza por la que se pregunta. Sobre el particular, cabe recordar que el artículo 3°, inciso cuarto, de la ley 19.179, exige para optar al empleo de que se trata, en lo que interesa, estar en posesión de alguno de los títulos que indica, entre los que se encuentra el de Ingeniero de Ejecución. Enseguida, se ha estimado pertinente hacer presente que el artículo 104, inciso segundo, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, reconoce que los establecimientos de educación superior están dotados de autonomía académica, esto es, la potestad para decidir por sí mismos la forma en que cumplen sus funciones de docencia, así como la fijación de sus planes y programas de estudios, de lo que se desprende que corresponde a aquellos efectuar la homologación de los diplomas relacionados con las carreras que impartan, según se ha precisado, entre otros, en el dictamen N° 5.109, de 2015, de este origen . Pues bien, dado que en esta oportunidad la universidad ha indicado expresamente que el diploma del recurrente es homologable al de Ingeniero de Ejecución, título que está contemplado dentro de los que indica el citado artículo 3°, cabe concluir que el diploma del interesado permite ejercer el puesto de que se trata. Transcríbase a la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo y a la Universidad Andrés Bello. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 5109/2015
Aplica dictamen