Dictamen CGR

Dictamen N° 75655/2015

2015-09-23 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Exfuncionario de Carabineros de Chile no puede modificar la causal de su retiro, dada la extemporaneidad de la petición
Aplicado por
Dictamen N° 37996/2017
Aplica dictámenes

N° 75.655 Fecha: 23-IX-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Julio Marchant Díaz, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando que se cambie su causal de retiro por una invalidez, lo que, según la mencionada entidad sería improcedente, toda vez que, por una parte, el interesado cesó el 1 de abril de 1994 y, por otra, que su Comisión Médica Central, declaró prescrito el derecho de aquél para obtener esa modificación. En primer término, es dable expresar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, que a ese cuerpo colegiado le compete efectuar el examen de los funcionarios con el fin de establecer su capacidad física para permanecer en la institución o determinar la dolencia que los imposibilita para ello, atribución que, según se precisó por este Organismo de Control, en sus dictámenes N°s 53.875, de 2006 y 19.040, de 2011, también la ejerce tratándose de los exempleados que piden el anotado cambio. Al respecto, se debe recordar que esta Entidad Fiscalizadora, a través de su dictamen N° 52.177, de 2014, que atendió una presentación del Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile, relativo a lo mismo que, en esta oportunidad, plantea el recurrente, señaló que las peticiones que este último realizó ante la citada comisión, en agosto de 2006 y enero de 2013, fueron deducidas una vez prescrito el derecho para ello, dado que se formularon fuera del plazo de 10 años que establece el artículo 132, inciso cuarto, del indicado texto estatutario. Por consiguiente, en atención a que la situación expuesta por el interesado ya fue analizada por esta Contraloría General, sin que se acompañen antecedentes que permitan modificar el referido dictamen N° 52.177, de 2014, se desestima la pretensión formulada. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 53875/2006
Aplica dictámenes
Dictamen N° 19040/2011
Aplica dictámenes
Dictamen N° 52177/2014
Aplica dictámenes