Dictamen CGR

Dictamen N° 76999/2013

2013-11-25 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir un pronunciamiento atendido a que la materia es de competencia del Servicio de Impuestos Internos

N° 76.999 Fecha: 25-XI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Rolando Aquiles Rebolledo Berroeta, solicitando un pronunciamiento relativo al régimen tributario que debe darse al excedente de saldo de la cuenta de capitalización individual originado por la desafiliación de éste al sistema de pensiones que crea el decreto ley N° 3.500, de 1980. Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 1° del decreto con fuerza de ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que Fija el Texto de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, y 6° del Código Tributario, y tal como ha sido reconocido en la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 39.627, de 2008, 40.126, de 2011, 67.590, de 2012 y 21.402, de 2013, de este origen, ese Servicio tiene la competencia privativa, para interpretar, aplicar y fiscalizar las normas tributarias cuyo control no esté encomendado por ley a una autoridad diferente, como sucede en la especie. En mérito de lo expuesto, esta Entidad de Control debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre la solicitud formulada, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, cumple con remitir la presentación de la especie al Servicio de Impuestos Internos, por tratarse de materias de su competencia. Transcríbase al señor Rolando Aquiles Rebolledo Berroeta. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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