Dictamen CGR

Dictamen N° 7716/2015

2015-01-29 · Servicios de utilidad pública y regulación sectorial · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución Nº 298, de 2014, del Servicio Nacional para la Prevención, Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, Senda
Aplicado por
Dictamen N° 37725/2015
Aplica dictámenes

N° 7.716 Fecha: 29-I-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases para la propuesta pública para la contratación del servicio de enlaces de voz y datos para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, a fin de garantizar la integridad del proceso que se llevará a cabo, esta Entidad de Control estima que en la etapa de las aclaraciones se deberán efectuar las siguientes precisiones: 1. Informar el día en que se publicarán las respuestas a las consultas, pues el numeral 7.2 de las bases administrativas señala que esa comunicación se efectuará el “tercer segundo día hábil siguiente”. 2. Aclarar la vigencia de las ofertas y de la garantía de seriedad a las ofertas, toda vez que el objeto de esta caución es respaldar la actuación del licitante hasta el momento de la firma del contrato, por lo que ambos plazos de vigencia deben guardar concordancia entre ellos, lo que no acontece con los términos indicados en los numerales 6.4, y 8 de las bases de licitación (aplica criterio de dictámenes N°s. 30.509, de 1997, y 13.417, de 2010). 3. Además, que la ejecución del servicio será desde la fecha indicada en el numeral 14 del pliego de condiciones, en la medida que a esa data se encuentre totalmente tramitado el acto que aprueba el contrato. Finalmente, en cuanto al término anticipado del contrato regulado en el numeral 12.2 de las bases, se debe precisar que esas causales se aplicarán sin perjuicio de las señaladas en los artículos 13 y 77 de la ley N° 19.886 y del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, respectivamente. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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