Dictamen N° 80467/2010
N° 80.467 Fecha: 31-XII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Eduardo Guillermo Carmona Rojas, ex funcionario del Ministerio del Interior, para reclamar en contra de la resolución N° 3.774, de 2010, de ese origen, mediante la cual la autoridad puso término a su contratación, por cuanto, en su opinión, ello sería arbitrario. En forma previa, cabe indicar que de acuerdo a los registros de esta Entidad Fiscalizadora y los antecedentes tenidos a la vista, consta que el señor Carmona Rojas fue contratado en la señalada repartición, mediante la resolución N° 2.074, de 2007, de la aludida Secretaría de Estado, durante el período comprendido entre el 7 de marzo y el 31 de diciembre de esa anualidad, o hasta que sus servicios sean necesarios, desempeño que fue prorrogado posteriormente, disponiéndose la última renovación a través de la resolución exenta N° 10.261, de 2009, hasta el 31 de diciembre de 2010. Establecido lo anterior, es dable manifestar que la reiterada jurisprudencia administrativa de este Organismo Contralor, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 58.122, de 2009 y 64.595, de 2010, ha declarado que cuando una contratación ha sido dispuesta con la cláusula “mientras sean necesarios sus servicios” u otra equivalente, como acontece en la especie, la superioridad puede ponerle término en el momento que estime conveniente, sin que para ello se requiera la aceptación del afectado. Atendido lo expresado, esta Institución Fiscalizadora procedió el 9 de julio de 2010, a tomar razón de la citada resolución N° 3.774, de 2010, del referido Ministerio, en la que se dio término a la designación en comento, puesto que se encontraba ajustada a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República