Dictamen N° 81130/2011
N° 81.130 Fecha: 28-XII-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 1484, de 2011, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública , que concede autorización por única vez a la Dirección General de Carabineros de Chile para otorgar la Gratificación Especial de Riesgo al personal que indica, pero cumple con hacer presente que dicho beneficio sólo puede otorgarse en la medida que el respectivo personal se desempeñe en misiones de emergencia peligrosas de excepción y mientras las cumpla, en los términos previstos en el artículo 51, letra a), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, supuesto que compete identificar a la superioridad de esa Institución Policial. Asimismo, cumple con hacer presente que en la motivación del acto en examen se ha omitido hacer expresa referencia al literal a), del citado artículo 51, del Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, que contempla el mencionado emolumento; al decreto N° 87, de 1999, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento de Asignaciones, Sobresueldos, Gratificaciones Especiales y otros Derechos Estatutarios del Personal de Carabineros de Chile; y a la disponibilidad de fondos que se consultan en la ley de presupuestos del año en curso, como indica la referida disposición legal. Finalmente, cabe señalar que el decreto en estudio deberá publicarse en el Diario Oficial, trámite que se ha omitido consignar en su texto, de conformidad con lo prescrito en el artículo 48 de la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República