Dictamen CGR

Dictamen N° 8140/2010

2010-02-11 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Sobre revocación de descuento voluntario de remuneraciones

N° 8.140 Fecha: 11-II-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Marcela Lourdes Zapata Escalona, funcionaria del Hospital San Borja Arriarán, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Central, para solicitar que se ordene al mencionado organismo dejar sin efecto los descuentos practicados a sus remuneraciones por un crédito contraído con la Cooperativa de Ahorro y Crédito Financoop, a través de convenios suscritos por la Asociación de Profesionales de la Salud, APRUS, el que excedería los límites legales. Como cuestión previa, cabe señalar que se solicitó informe al referido Servicio, el que, no obstante, a la fecha no ha sido evacuado razón por la cual, y dado el tiempo transcurrido, este Órgano de Control emitirá el presente pronunciamiento sin dicho antecedente. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 96 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, prohíbe deducir de las remuneraciones del funcionario otras cantidades que las correspondientes al pago de impuestos, cotizaciones de seguridad social y demás establecidas expresamente por las leyes. La misma disposición legal establece, en su inciso segundo, que con todo, el Jefe Superior de la institución, el Secretario Regional Ministerial o el Director Nacional de servicios nacionales desconcentrados, según corresponda, a petición escrita del empleado, podrá autorizar que se deduzcan de la remuneración de este último, sumas o porcentajes determinados destinados a efectuar pagos de cualquier naturaleza, pero que no podrán exceder en conjunto del quince por ciento de la remuneración. Si existieren deducciones ordenadas por el sistema de bienestar, el límite indicado se reducirá en el monto que representen aquéllas. En este contexto, tratándose de los descuentos solicitados por las asociaciones de funcionarios, se debe indicar que la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida en el dictamen N° 57.424, de 2009, señaló que del examen de las normas de la ley N° 19.296, no se aprecia la existencia de ninguna disposición que contemple descuentos diversos a los relativos a las cuotas ordinarias y extraordinarias, por lo que de autorizarse voluntariamente por los funcionarios deducciones distintas de las aludidas cuotas, ellas deben quedar afectas al límite del 15% establecido en el citado texto estatutario. De esta manera, entonces, los servicios públicos a quienes resultan aplicables las disposiciones de la citada ley N° 18.834 -como ocurre en la especie-, deberán verificar que los descuentos autorizados voluntariamente por los empleados a través de las respectivas asociaciones de funcionarios o los servicios de bienestar, se adecuen al tope antes señalado, no pudiendo la autoridad respectiva proceder a deducir aquellas sumas que excedan el aludido límite. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que con fecha 27 de abril de 2009, la requirente solicitó al Director del Servicio de Salud Metropolitano Central el cese del descuento voluntario que se practicaba en sus remuneraciones, por un crédito contraído a través de la asociación de funcionarios de la salud APRUS, del Hospital San Borja Arriarán, no obstante lo cual, de acuerdo a lo expresado por la peticionaria, dicha deducción continuó efectuándose, a pesar de que excede del referido máximo legal, actuación que, según lo manifestado previamente, no se ajusta a derecho. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, y en armonía con lo informado, entre otros, por el dictamen N° 2.058, de 2010, de esta Entidad Fiscalizadora, resulta forzoso concluir que el Servicio de Salud Metropolitano Central deberá suspender los descuentos en las remuneraciones de la afectada, para solventar el pago de la deuda contraída con terceros por intermedio de la mencionada asociación de funcionarios, toda vez que aquélla ha solicitado expresamente el término de tal deducción. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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