Dictamen N° 84585/2013
N° 84.585 Fecha: 26-XII-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 103, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante el cual se aprueba el contrato de compra del inmueble que indica celebrado con la Empresa Periodística La Nación S.A. en Liquidación, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con señalar que en lo sucesivo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° de la ley N° 18.575, deberán expresarse, en este tipo de actos, los fundamentos que se consideraron para suscribir trato directo y que justifiquen la omisión de una propuesta pública (aplica dictámenes N°s. 61.442, de 2012, y 30.099, de 2013). Por otra parte, no resulta procedente la renuncia anticipada efectuada en la cláusula quinta de la convención en análisis, toda vez que tal como lo ha manifestado la jurisprudencia de esta Contraloría General, contenida, entre otros, en sus dictámenes N°s. 32.992, de 2002; 1.564, de 2005; 10.869, de 2006; 19.090, de 2008 y 20.699, de 2010, los servicios públicos no pueden renunciar a las acciones y derechos que les corresponden, a menos que una norma legal expresa los faculte para ello, lo que no consta en la especie, por lo que deberán tomarse las medidas necesarias para enmendar la aludida cláusula. Asimismo, se hace presente que no obstante lo previsto en la cláusula séptima del acuerdo de voluntades, para los efectos ahí mencionados deberá intervenir, al menos, un funcionario del Ministerio de Bienes Nacionales (aplica criterio contenido en el dictamen N° 15.867, de 2013). En mérito de lo anteriormente expuesto, se cursa con alcances el acto administrativo indicado. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República