Dictamen N° 87588/2016
N° 87.588 Fecha: 02-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Héctor Jofré Muñoz, exfuncionario de Gendarmería de Chile, para reclamar en contra de la decisión adoptada por esa autoridad, en orden a poner término anticipado a su suplencia, toda vez que se le habría remitido una comunicación en la que se le indicaba que aquella se extendería por seis meses, solicitando, además, el pago de la asignación por cambio de residencia que le asistiría tras haber finalizado su desempeño como Jefe de Departamento de Administración y Finanzas en la ciudad de Iquique, retornando a su domicilio de origen en Santiago. Requerido de informe, el anotado servicio manifestó, en síntesis, que la desvinculación del afectado se produjo por el vencimiento del lapso previsto en el instrumento que dispuso su nombramiento en la referida calidad. En primer término, corresponde hacer presente que en los registros de esta Entidad de Control, aparece que el interesado fue nombrado en la planta directiva, en el grado 6 de la E.U.S., como Jefe de Departamento de Administración y Finanzas, empleo en el que cesó por el solo ministerio de la ley al transcurrir el periodo de tres años establecido para su duración, siendo, posteriormente, designado en el mismo cargo, pero esta vez en calidad de suplente mediante la resolución N° 214, de 2016, de Gendarmería de Chile, por el término comprendido entre el 9 de mayo y el 22 de julio de 2016, instrumento que fue tomado razón. Sobre el particular, cabe señalar que la modalidad de vinculación mencionada, conforme con lo expresado por el dictamen N° 45.211, de 2014, de este origen, puede disponerse mientras dure la ausencia del titular o sean necesarios los servicios de la persona que se designa, o por un periodo determinado, caso este último en que el funcionario tiene derecho a permanecer en sus labores durante el lapso fijado en el acto respectivo, tal como aconteció en la especie. Siendo ello así, conviene aclarar que, contrariamente a lo expuesto por el afectado, la expiración de sus funciones se verificó por el vencimiento del plazo indicado en su nombramiento, y no por haberse decidido el cese antelado del mismo. Enseguida, en lo tocante a que se le habría notificado que permanecería en el empleo que ocupaba en la antedicha calidad por seis meses, es menester apuntar que si bien en los antecedentes examinados aparece que ello fue así, es necesario considerar que según lo señalado en el artículo 3° de la ley N° 19.880, y en concordancia con el criterio contenido en el dictamen N° 58.879, de 2013, de este origen, para que una designación produzca efectos, debe ser aprobada a través del pertinente acto administrativo, por lo que, en la situación descrita, el interesado únicamente llegó a gozar de una mera expectativa relativa al lapso por el cual se desempeñaría. Luego, en cuanto al pago del estipendio que reclama, cumple con informar que la letra d) del artículo 98 de la ley N° 18.834, dispone que aquel se concede al servidor que para asumir el cargo, o cumplir una nueva destinación, se vea obligado a modificar su residencia habitual, y al que una vez terminadas sus labores vuelva al lugar en que vivía antes de ser nombrado, el que comprenderá una suma equivalente a un mes de remuneraciones correspondientes al nuevo empleo; pasajes para él y quienes le acompañen y flete para el menaje y efectos personales, con las limitaciones de indica, agregando que los funcionarios que cesan solo tendrán derecho a los dos últimos beneficios indicados. De esta manera, considerando que el señor Jofré Muñoz finalizó en el cumplimiento de sus labores de jefatura, la institución deberá realizar el pago de los pasajes para él y quienes le acompañen -bajo las condiciones señaladas en la norma-, y del flete, sin que corresponda el entero del mes de remuneraciones a que alude la citada norma, conclusión que guarda armonía con lo sostenido en el dictamen N° 65.036, de 2016, de esta procedencia. Transcríbase al ocurrente Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado