Dictamen CGR

Dictamen N° 8876/2014

2014-02-05 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Procede pago de horas extraordinarias a excontratado a honorarios, sólo si dicho pago se contempló en el respectivo contrato
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N°8.876 Fecha: 05-II-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jorge Gallegos Rojas, excontratado a honorarios en el Servicio Electoral, para reclamar que durante su desempeño en dicha institución, entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre de 2013, no se le habría reconocido el derecho al pago de las horas extraordinarias, tras el término de su convenio. Agrega que al expirar el contrato, había acumulado más de 400 horas de esa índole, que estima se le deben pagar. Como cuestión previa, cabe indicar que, requerido de informe, el aludido servicio no lo ha remitido, atendido lo cual, este Órgano de Control se pronuncia sin dicho antecedente. Sobre el particular, cumple manifestar que el artículo 66 de la ley N° 18.834 señala en su inciso segundo que los trabajos extraordinarios se compensarán con descanso complementario. Si ello no fuere posible por razones de buen servicio, aquellos serán compensados con un recargo en las remuneraciones. A su turno, según lo previsto en el artículo 11 de la citada ley, y acorde a lo expresado, entre otros, en el dictamen N° 20.170, de 2011, de este origen, quienes sirven a la Administración bajo la modalidad de honorarios, no poseen la calidad de funcionarios y tienen como principal norma reguladora de sus relaciones con ella el propio contrato, por lo que el prestador no goza de otras prerrogativas que las que se contemplan expresamente en ese acuerdo. Ahora bien, atendido que, como se dijo, los contratados a honorarios no tienen más beneficios que los que se establezcan en el respectivo convenio, solamente en el evento de que el derecho que se reclama hubiere sido acordado en éste, situación que no es posible verificar en la especie, el requirente podrá exigir su cumplimiento y, por ende, que se le paguen las horas extraordinarias. Transcríbase al Servicio Electoral. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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