Dictamen CGR

Dictamen N° 90341/2016

2016-12-16 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre imputación contable del pago de la asignación uno por mil prevista en el artículo 198, letra c), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional

N° 90.341 Fecha: 16-XII-2016 La Policía de Investigaciones de Chile -PDI-, solicita instrucciones sobre el concepto que debe utilizar en la contabilización del denominado “uno por mil” que debe pagar a los funcionarios policiales que se desempeñan en el Paso Fronterizo Jama, ubicado en territorio argentino, en cumplimiento de lo instruido por esta Entidad de Control en el dictamen N° 41.585, de 2015, a fin de realizar los ajustes que corresponden a la Ley de Presupuestos y considerando que este concepto puede afectar la glosa de viáticos en moneda extranjera. Al respecto, se solicitó informe a la Dirección de Presupuestos respecto de la imputación presupuestaria, el cual no se ha recibido a la fecha, por lo que se procederá a resolver la materia con prescindencia de tal antecedente. Como cuestión previa cabe recordar que el pronunciamiento antes indicado, en lo pertinente, atendió una denuncia con reserva de identidad en relación a los emolumentos percibidos por los funcionarios en comisión de servicio en ese paso fronterizo, sobre lo cual se concluyó que los viáticos para los funcionarios de la PDI comisionados al extranjero debían otorgarse de acuerdo a lo previsto en el artículo 198 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas. Sobre el particular, cabe señalar que la letra c) del citado artículo 198 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, prescribe, en lo que interesa, que el personal que en comisiones en el extranjero de duración inferior a treinta días disfrute de alojamiento y rancho en casinos y de asignación de dinero denominada “per diem”, percibirá además de las remuneraciones a que tenga derecho, una asignación especial en dólares, calculada por días y equivalente al uno por mil del sueldo anual que le correspondería según las disposiciones generales. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que con anterioridad a la emisión del citado dictamen N° 41.585, de 2015, de este origen, los referidos funcionarios no percibían la asignación por la que se consulta ni tampoco viáticos internacionales, por lo que para regularizar su situación y aplicar la citada letra c) del artículo 198, del decreto con fuerza de ley N° 1 de 1997, la superioridad de la policía civil adoptó las medidas pertinentes para concederle al referido personal la asignación en comento, además de la asignación “per diem” y el beneficio de rancho para alimentación. De lo anterior se desprende que el estipendio en consulta constituye una asignación especial para las Fuerzas Armadas y de Orden, distinta al viático, que resulta aplicable a la Policía de Investigaciones de Chile, de acuerdo a lo señalado en el citado dictamen N° 41.585, de 2015. A su turno, en las comisiones de servicio al extranjero por una duración inferior a 30 días en las que no se cumpla con las condiciones señaladas en la citada letra c) del artículo 198, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, se aplica la letra d) de dicha norma, que indica, en lo pertinente, que el personal comisionado al extranjero por periodos inferiores a treinta días percibirá además de sus remuneraciones en moneda nacional un viático en dólares, el que de acuerdo a lo manifestado en el dictamen N° 17.008, de 2011, en su otorgamiento no está sujeto a condición alguna. Finalmente, es del caso señalar que tratándose de comisiones de servicio al extranjero por más de treinta días resulta aplicable el artículo 200 del aludido decreto con fuerza de ley N° 1, de 1998, Estatuto de Personal de las Fuerzas Armadas. En razón de lo expuesto, y considerando que la asignación “uno por mil” no tiene la naturaleza jurídica de viático, su imputación contable corresponde a "Asignaciones exclusivas de las Fuerzas Armadas y de Orden" código 531010141 del Plan de Cuentas de la resolución N° 16, de 2015, de este origen. Transcríbase a la Dirección de Presupuestos. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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