Dictamen CGR

Dictamen N° 91045/2015

2015-11-17 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Toma conocimiento de lo informado por la Superintendencia de Pensiones, en atención a lo que le fuera instruido respecto de la situación de la señora Nancy Salgado Alarcón

N° 91.045 Fecha: 17-XI-2015 La Superintendencia de Pensiones (SUPEN) informa el cumplimiento de lo ordenado por este Ente de Control en el dictamen N° 82.148, de 2015, el que instruyó que la estimación de la tasa de reemplazo de la pensión de vejez de doña Nancy Elena Salgado Alarcón, ex profesional de la educación de la Municipalidad de Talcahuano, debía efectuarse considerando lo previsto en la letra a) del numeral 3. del artículo 2° de la ley N° 20.305. Lo anterior atendido que, en razón de los antecedentes expuestos en ese pronunciamiento, quienes se acogen a jubilación en modalidades que otorgan mayores ingresos durante los primeros años de pensión, tienen derecho a que su tasa de reemplazo para acceder al bono postlaboral previsto en la ley N° 20.305, sea calculada utilizándose el menor valor a que se refiere el anotado literal a) del número 3, del artículo 2° de ese texto legal. Pues bien, la SUPEN manifiesta que efectúo un nuevo cálculo, rectificando la tasa de reemplazo de la señalada ex funcionaria, anulando el certificado que contenía la anterior. Ello consta en el documento que acompaña, en el que aparece que la nueva tasa es de 47.59% Tomando conocimiento de lo expuesto, este Ente de Control tiene por cumplido lo ordenado en los dictámenes N°s. 82.148 y 86.946, de 2015. Transcríbase a doña Nancy Elena Salgado Alarcón, a la Municipalidad de Talcahuano, a la Unidad de Seguimiento de la División de Auditoría Administrativa de esta Entidad de Control y a la Contraloría Regional del Bío-Bío Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica

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