Dictamen N° 9329/2020
N° 9.329 Fecha: 20-V-2020 Se ha dirigido a esta Contraloría General una persona con reserva de identidad consultando si los señores senadores o diputados pueden bloquearlo desde sus cuentas de la red social que menciona. Al respecto, cabe señalar que acorde con lo previsto en el Capítulo X de la Constitución Política de la República y en la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República las funciones de esta institución son ejercidas fundamentalmente sobre los órganos y organismos que conforman la Administración del Estado, cuya definición contiene el artículo 1° de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de esta última, sin perjuicio del control excepcional que ejerce sobre otras entidades acorde con normas especiales expresas. De este modo, y en concordancia con el criterio contenido, entre otros, en los dictámenes N°s. 91.256, de 2016, y 31.032, de 2017, se concluye que esta Contraloría General debe abstenerse de intervenir e informar sobre el asunto planteado pues sus facultades fiscalizadoras no alcanzan al Congreso Nacional. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Luis Alberto Almonacid Yáñez Subjefe Subrogante División Jurídica