Dictamen N° 91256/2016
N° 91.256 Fecha: 20-XII-2016 Por oficio N° 24.338, de 2016, del Prosecretario de la Cámara de Diputados, se ha remitido la solicitud del diputado señor Jorge Rathgeb Schifferli, quien solicita, en primer lugar, se le remita información relacionada con las prohibiciones legales que afectan a ministros, subsecretarios, directores de servicios y funcionarios públicos para intervenir en campañas electorales. En segundo término requiere un pronunciamiento acerca de la posibilidad de efectuar actividades de esa índole en las sedes parlamentarias financiadas con recursos de la Cámara de Diputados y/o del Senado, tales como reuniones de los candidatos con activistas y electores, y en general la realización y organización de campañas electorales, incluyendo, por ejemplo, el almacenamiento y exhibición de material propagandístico electoral. En relación a la primera consulta realizada, se remite copia de los oficios N os 8.600 y 69.300, ambos de 2016 y de esta procedencia, que impartieron instrucciones con motivo de las elecciones municipales del año 2016. Acerca de la segunda solicitud, es menester recordar que conforme a lo dispuesto en el Capítulo X de la Constitución Política referido a la Contraloría General de la República, en la ley N° 10.336 orgánica constitucional del organismo, y en el decreto ley N° 1.263, de 1975 de administración financiera del Estado, entre otros cuerpos normativos, las funciones de esta institución son ejercidas fundamentalmente sobre los órganos y organismos que conforman la Administración del Estado, cuya definición contiene el artículo 1° de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de esta última, sin perjuicio del control excepcional que ejerce sobre otras entidades acorde con normas especiales expresas. De este modo, siguiendo el criterio jurisprudencial contenido en el dictamen N° 36.745, de 2008, se concluye que esta Contraloría General debe abstenerse de intervenir e informar sobre el asunto planteado por el señor diputado, ya que sus facultades fiscalizadoras no alcanzan a los recursos públicos de los diversos órganos del Congreso Nacional. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República