Dictamen CGR

Dictamen N° 95485/2015

2015-12-02 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Diploma de técnico universitario en Computación e Informática de la Universidad del Bío-Bío, no es útil para acceder a un cargo profesional en el Instituto Nacional del Cáncer
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Dictamen N° 2029/2016
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Dictamen N° 28011/2016
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N° 95.485 Fecha : 02-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Jessica Jaramillo Zelada, consultando si su diploma de Técnico Universitario en Computación e Informática, otorgado por la Universidad del Bío-Bío en el año 1991, la habilita para postular a cargos de la planta profesional del Instituto Nacional del Cáncer, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte. Requerido su informe, esa casa de estudios a la fecha no lo ha evacuado, por lo que se emitirá un pronunciamiento sin ese antecedente. Sobre el particular, cabe recordar que acorde con el artículo 2°, N° 2, del decreto con fuerza de ley N° 35, de 2008, del Ministerio de Salud, para poder acceder a uno de los puestos que se contemplan en el citado estamento, se requiere, en lo atinente, acreditar la posesión de un título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho o diez semestres de duración, según sea el empleo especifico de que se trate. Enseguida, resulta necesario tener presente que el artículo 75, inciso segundo, de la ley N° 18.962, reconoce que los establecimientos de educación superior están dotados de autonomía académica, esto es, la potestad para decidir por sí mismos la forma en que cumplen sus funciones de docencia, así como la fijación de sus planes y programas de estudios, de lo que es posible inferir que compete a estos calificar la calidad de sus diplomas y la extensión de sus carreras, en armonía con lo señalado en el dictamen N° 29.444, de 2014, de este origen. Conforme con lo expuesto, conviene destacar que si bien en el certificado otorgado por la anotada universidad que se ha tenido a la vista, se indica que el título de la recurrente tiene la calidad de profesional, también se expresa que su plan de aprendizaje tuvo una duración de seis semestres, esto es, una extensión menor a aquella que exige la ley para postular a los puestos por los que se consulta. En consecuencia, procede concluir que el diploma en análisis, no habilita a la interesada para optar a empleos de la planta profesional del Instituto Nacional del Cáncer. Transcríbase a la Universidad del Bío-Bío. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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