Dictamen N° 97546/2015
N° 97.546 Fecha: 10-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Fredis Ascencio Porcille Ortiz, exfuncionario del Ejército, para solicitar el reconocimiento de una bonificación del 20% en su pensión de inutilidad de segunda clase, en atención a la jurisprudencia de este origen que indica. Sobre el particular, cabe manifestar que a través de los pronunciamientos N°s 58.896, de 2009 y 35.218, de 2014, esta Entidad Fiscalizadora analizó la situación del interesado, determinando, en síntesis, que a la época en que se le reconoció el derecho a obtener una pensión por inutilidad, esto es, a contar del 8 de junio de 1993, la bonificación requerida no formaba parte de las remuneraciones del personal del Ejército, por lo cual no procedía incluirla en el cálculo del mencionado beneficio. Por su parte, es dable hacer presente que el dictamen N° 2.376, de 2007, de este origen, que invoca el recurrente, concluyó que en el cálculo de las pensiones por inutilidad de segunda clase del personal de las fuerzas armadas debe considerarse la asignación especial no imponible de la letra n) del artículo 185 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa, mientras que el pronunciamiento N° 14.292, también de 2007, se refiere a la gratificación de zona, estipendios que no corresponden al requerido en esta presentación, por lo cual los aludidos pronunciamientos no le son aplicables. Igualmente, procede recordar que los citados dictámenes solo rigen para el futuro y no pueden afectar situaciones y actuaciones constituidas con anterioridad, como sucede en la especie, puesto que la pensión en cuestión fue otorgada en el año 1993. Siendo ello así, y dado que el asunto planteado por el señor Porcille Ortiz ya fue estudiado por este Órgano de Control, sin que en esta oportunidad se acompañen nuevos antecedentes que permitan alterar lo resuelto, se ratifican los anotados dictámenes N°s 58.896, de 2009 y 35.218, de 2014, de este origen. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante