Dictamen CGR

Dictamen N° 9914/2017

2017-03-21 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. La jefatura de Bienestar de la Policía de Investigaciones de Chile debe adoptar a la brevedad las medidas necesarias para dar cumplimiento al dictamen N° 93.774, de 2016, de esta Contraloría General

N° 9.914 Fecha: 21-III-2017 Esta Contraloría General, por medio del dictamen N° 93.774, de 2016, instruyó a la Jefatura de Bienestar de la Policía de Investigaciones de Chile, que debía adoptar las medidas necesarias para regularizar la aplicación de las multas impugnadas por la empresa Master Security System Limitada, en el marco de un contrato de servicio de guardias de seguridad y vigilancia para diversos centros recreacionales. El aludido servicio, mediante el oficio N° 487, de 2017, informa que las multas se aplicaron en el marco del procedimiento contenido en las bases que rigieron de licitación y que las resoluciones respectivas, luego de notificadas, fueron impugnadas por la empresa recurrente, a través de un recurso de reconsideración, el cual fue rechazado por medio de la resolución exenta N° 82, de 2016. Al respecto, es necesario hacer presente que las actuaciones a que alude la antedicha Jefatura son anteriores a la fecha de emisión del dictamen citado y fueron consideradas para el respectivo estudio. Luego la sola alusión a las mismas no es suficiente para entender que esa entidad ha adoptado medidas tendientes a dar cumplimiento a lo solicitado a través del referido pronunciamiento. En este contexto, es del caso puntualizar que este Ente de Control, al emitir un dictamen, ejerce las facultades y desempeña las funciones que le corresponden de acuerdo con los artículos 98 de la Constitución Política de la República, y 1°, 5°, 6° y 9° de su Ley Orgánica Constitucional, N° 10.336, cumpliendo con su obligación de velar por el irrestricto respeto al ordenamiento jurídico por parte de los organismos sujetos a su fiscalización. Ahora bien, conforme a los artículos 9° y 19 de la ley N° 10.336, tales dictámenes son obligatorios para los órganos de la Administración sometidos a la fiscalización de esta Contraloría General -como acontece con la Policía de Investigaciones de Chile-, de modo que su inobservancia importa la infracción de los deberes funcionarios de los servidores públicos involucrados, comprometiendo su responsabilidad administrativa (aplica dictamen N° 91.827, de 2016). En consecuencia, corresponde que ese servicio adopte, a la brevedad, todas las medidas que resulten conducentes para dar cabal cumplimiento a lo señalado en el citado dictamen N° 93.774, de lo cual deberá informar a la División de Auditoría de esta Contraloría General, dentro del plazo de 30 días hábiles contado desde la recepción del presente pronunciamiento. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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