Dictamen N° 99302/2014
N° 99.302 Fecha: 22-XII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jonathan Joel Vidal Arce, funcionario de Carabineros de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 53.830, de 2014, de esta procedencia, mediante el cual se determinó, por las razones que allí se indican, que el recurrente debía reintegrar las remuneraciones percibidas indebidamente, como consecuencia del rechazo de una licencia médica. Al respecto, sobre su disconformidad con la objeción de ese reposo, es útil anotar que el artículo 71, letra a), de la orden general N° 1.970, de 2010, de la Dirección General, Directiva Complementaria del Reglamento de Feriados, Permisos, Licencias y otros beneficios, establece que no corresponderá el rechazo de un reposo cuando el incumplimiento del descanso se deba a que el empleado asistió a tratamientos ambulatorios prescritos por el profesional que ordenó tal permiso, lo que no se verificó en la especie, pues según los propios dichos del interesado en su primera presentación, incurrió en esa conducta para acompañar a su hijo menor de edad a una citación con un terapeuta ocupacional y una kinesióloga. Enseguida, en cuanto a que la solicitud de reintegrar las remuneraciones carecería de fundamento legal, pues se encontraba amparado por una licencia médica, es menester señalar, que conforme con lo expresado en los dictámenes N os 14.304, de 2011 y 72.808, de 2012, de esta Entidad de Control, la objeción de aquélla no legitima el entero de rentas por el período que cubría, las que, en ese evento, se entienden mal habidas y, por ende, originan para el servidor afectado el deber de devolverlas. En consecuencia, atendido lo precedentemente expuesto y dado que las nuevas alegaciones formuladas por el ocurrente, no permiten modificar el citado dictamen N° 53.830, de 2014, se ratifica ese pronunciamiento. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República