Dictamen CGR

Dictamen N° 10013/2011

2011-02-16 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Vigente
Sumario. Sobre término anticipado de designación a contratade ex funcionario del Fondo de Solidaridad e Inversión Social y fecha hasta la cual le corresponde percibir remuneración
Aplicado por
Dictamen N° 38926/2011
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N° 10.013 Fecha: 16-II-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Sergio Walter Vera Henríquez, ex funcionario del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, para solicitar un pronunciamiento que determine la fecha hasta la cual le corresponde percibir la remuneración por sus servicios, atendido el término anticipado de su contrata. Requerido su informe, el aludido Servicio manifestó, en síntesis, que el interesado fue notificado por carta certificada -dirigida a su domicilio-, del término de su designación a contrata, diligencia que se entiende practicada al tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina postal, plazo que, según la data de la aludida recepción, se cumplió el día 30 de septiembre de 2010, fecha hasta la cual corresponde el derecho al pago de sus remuneraciones. Sobre el particular, es menester indicar que de acuerdo a los registros de este Organismo Fiscalizador y los antecedentes tenidos a la vista, consta que el interesado, por resolución N° 16, de 2001, del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, fue designado a contrata, asimilado al grado 10 de la E.U.S., en el cargo de técnico, mientras fueran necesarios sus servicios, desde el 2 de enero de esa anualidad, la que fue objeto de diversas prórrogas en idénticas condiciones, disponiéndose la última mediante la resolución exenta N° 2.594, de 2009, del mismo origen, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010. Asimismo, aparece que a través de la resolución N° 216, de 2010, de esa entidad, cuya toma de razón se verificó el 15 de septiembre de la misma anualidad, se puso término anticipado a la designación del afectado, a contar de su total tramitación. Establecido lo anterior, es útil recordar que la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 46.647, de 2007, 42.790, de 2009 y 24.256, de 2010, ha sostenido que cuando una designación a contrata ha sido dispuesta con la fórmula mientras sean necesarios sus servicios u otra similar, la autoridad puede concluirla en el momento que juzgue conveniente, en forma previa a la fecha indicada. Luego, debe destacarse que en el evento de ponerse fin a una designación a contrata por la causal en comento, éste se producirá desde la notificación al interesado del total trámite del decreto o resolución que así lo disponga, sin que pueda hacerse efectivo su alejamiento con anterioridad a esa fecha, procediendo el pago de sus remuneraciones hasta la citada comunicación, de acuerdo con lo informado por los dictámenes N os 39.562, de 2005 y 46.647, de 2007, de este origen. Ahora bien, en el caso que se analiza, consta que la resolución que dispuso la desvinculación del servidor de que se trata, le fue notificada mediante carta certificada remitida a su domicilio con fecha 27 de septiembre de 2010, actuación que, de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo 46, en relación con el artículo 25, ambos de la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, debe entenderse practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. Por lo anterior, se debe concluir que el último día por el que don Sergio Walter Vera Henríquez tiene derecho percibir remuneración fue el 30 de septiembre de 2010. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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