Dictamen CGR

Dictamen N° 11523/2010

2010-03-02 · Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre derecho de profesional de la educación a percibir el bono extraordinario de excedentes previsto en el art/9 de la ley 19933
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N° 11.523 Fecha: 02-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Víctor Barría Cárcamo, docente de la Municipalidad de Estación Central, reclamando que no se le pagó el bono extraordinario de excedentes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9°, inciso tercero de la ley N° 19.933. Requerido informe a la Municipalidad de Estación Central, ésta por el oficio N° 1400/04, de 2010, manifestó, en síntesis, que como se desprende del pertinente informe evacuado por este Órgano Contralor, en esa entidad edilicia no se registraron excedentes durante los años 2007 y 2008, para los efectos del pago del beneficio solicitado, por lo que procede rechazar la reclamación planteada. Sobre el particular, conviene recordar que a través del dictamen N° 44.747, de 2009, esta Contraloría General determinó, en definitiva, la fórmula para calcular los excedentes que, en caso de existir, dan origen al bono extraordinario de la especie; efectuando posteriormente y, en base a las planillas de cálculo confeccionadas para esos efectos, una fiscalización especial en algunos Departamentos de Administración de Educación Municipal del país, entre ellos, el de la Municipalidad de Estación Central. Ahora bien, al término de la fiscalización realizada, este Organismo Contralor emitió el informe N° 263, de 2009 -a que hace mención el municipio-, en el que aparece que la entidad edilicia de que se trata, luego de practicado el respectivo cálculo, efectivamente no arrojó excedentes durante los años 2007 y 2008. En virtud de lo anterior, y considerando que la procedencia del pago del bono extraordinario por el que se reclama depende necesariamente de la existencia de excedentes, no cabe sino concluir que al señor Barría Cárcamo no le asiste el derecho a percibir dicho beneficio. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante

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