Dictamen N° 12645/2011
N° 12.645 Fecha: 01-III-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Christine De Ferrari Aguirre, quien prestó servicios a honorarios para la Municipalidad de La Pintana, en el periodo que media entre agosto de 2010 y octubre de ese año, reclamando por el descuento que le habría efectuado dicho municipio en el pago de sus honorarios, por cinco días no trabajados. Requerido su informe al municipio, éste lo emitió a través del oficio N° 1.900/02/093, de 2011, manifestando, en síntesis, que no existe irregularidad alguna en la situación reclamada, toda vez que los pagos para quienes prestan servicios a honorarios se cursan de acuerdo a los días trabajados, pues de otra forma se produciría un deterioro del patrimonio municipal que carecería de fundamento. Sobre el particular, es menester señalar que el inciso final del artículo 4° de la ley N° 18.883 –Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales-, dispone que las personas contratadas a honorarios se regirán por las reglas que establezca el respectivo contrato y no les serán aplicables las disposiciones de ese Estatuto. A este respecto, cabe señalar que quienes prestan servicios para la Administración sobre la base de honorarios, no poseen la calidad de funcionarios y tienen como norma reguladora de sus relaciones con ella, el respectivo convenio, de modo que los derechos y obligaciones recíprocos de las partes se encuentran subordinados a lo acordado por ellas, razón por la cual sólo les asisten los beneficios que en éste se especifiquen y que consisten, básicamente, en exigir el pago de los honorarios convenidos como contraprestación de las labores efectivamente realizadas (aplica dictámenes N°s. 26.483, de 2009 y 77.049, de 2010, entre otros). En consecuencia, atendido que de acuerdo a lo informado por la citada entidad edilicia, la peticionaria no habría asistido a prestar servicios durante cinco días en el mes de octubre de 2010, a ésta no le correspondería el pago de honorarios por esos días. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República