Dictamen CGR

Dictamen N° 14301/2011

2011-03-08 · Municipalidades y administración local y regional · general · Vigente
Sumario. Sobre títulos de Ingeniero de Ejecución en Computación e Informática y de Transporte y Tránsito para acceder a cargos en la Municipalidad de Chillán
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Dictamen N° 53701/2012
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Dictamen N° 40206/2011
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Dictamen N° 32558/2011
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N° 14.301 Fecha: 8-III-2011 La Contraloría Regional del Bío-Bío ha remitido la presentación del Alcalde de la Municipalidad de Chillán, quien solicita un pronunciamiento que determine si aquellos funcionarios que se encuentran en posesión de los títulos de Ingeniero de Ejecución en Computación e Informática, otorgado por la Universidad del Bío Bío y de Tránsito y Transporte, conferido por la Universidad Tecnológica Metropolitana, están habilitados para desempeñar cargos grado 6 de la planta profesional de dicho organismo, que exige como condición, los diplomas de Ingeniero con mención en Computación e Ingeniero con mención en Tránsito. Asimismo, se adjunta la presentación del señor Víctor Waldo Mascareño Albornoz, quien solicita el mismo pronunciamiento respecto del último de los títulos indicados. Como cuestión previa, es dable manifestar que este Organismo de Control ha informado, mediante los dictámenes N os 5.299, de 2000 y 39.451, de 2003, que los diplomas consultados, revisten el carácter de profesionales. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 4° del D.F.L. N° 112-19.321, de 1994, del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la aludida municipalidad, contempla en el estamento de profesionales, cargos grado 6, de los cuales, uno requiere poseer el título de Ingeniero con mención en Tránsito y otro el de Ingeniero con mención en Computación. En relación con lo anterior, cumple con hacer presente que de acuerdo al criterio contenido en los dictámenes N os 60.743, de 2004 y 14.319, de 2009, de esta Entidad de Control, la especialización de Informática y Transporte que poseen respectivamente los diplomas en análisis, deben considerarse como una circunstancia accesoria al título propiamente tal, que no hace variar la naturaleza del mismo. Por consiguiente, es dable concluir que aquellos que se encuentren en posesión de los mencionados diplomas, pueden ocupar plazas respecto de las cuales la preceptiva requiere la posesión de los diplomas de Ingeniero con mención en Computación y de Ingeniero con mención en Tránsito, pues se trata de una misma carrera, pero con una especialidad adicional. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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