Dictamen N° 16713/2014
N° 16.713 Fecha: 06-III-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Edmundo Monsalve Pantoja, exonerado político de la Empresa Portuaria de Chile, EMPORCHI, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 54.894, de 2013, de este origen, ya que, a su juicio, dicho pronunciamiento no habría aplicado correctamente la normativa que indica. Sobre el particular, es dable anotar que el oficio cuya reconsideración se requiere, concluyó, por una parte, que no resulta aplicable, al caso del recurrente, la letra f) del artículo 28 del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, ya que él no cotizó por sobre los topes imponibles de la época y, por otra, que en virtud de lo establecido en el artículo 12 del citado decreto N° 39, no corresponde considerar los 22 años de tiempo computable que invoca. Agrega el referido documento, que la pensión no contributiva en cuestión se encuentra correctamente calculada, siendo improcedente acceder a su reliquidación. Ahora bien, atendido que no se han aportado nuevos elementos de juicio que permitan modificar el mencionado dictamen N° 54.894, de 2013, procede ratificarlo y desestimar la solicitud de reconsideración planteada. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República