Dictamen CGR

Dictamen N° 84501/2015

2015-10-26 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Recurrente no aporta antecedentes que permitan modificar lo resuelto, por lo que se ratifican los dictámenes de este origen que se indican
Aplicado por
Dictamen N° 32520/2017
Confirma dictamenes
Dictamen N° 72514/2016
Confirma dictámenes
Dictamen N° 42562/2016
Confirma dictámenes

N° 84.501 Fecha: 26-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Edmundo Caupolicán Monsalve Pantoja, exonerado político de la antigua Empresa Portuaria de Chile, solicitando nuevamente la revisión de su pensión no contributiva, ya que, a su juicio, debe aplicarse a ella lo establecido en el artículo 28, letra f), del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con acompañar un expediente, manifiesta, en síntesis, que la aludida prestación no contributiva se encuentra correctamente determinada. Sobre el particular, es útil advertir que mediante los dictámenes N o s 23.981, de 2010, 54.894, de 2013, 16.713 y 56.381, ambos de 2014, esta Entidad Fiscalizadora concluyó que la jubilación del interesado se ajusta a derecho, y que no es posible realizar su cálculo en base a la presunción de renta que establece el artículo 28, letra f), del invocado decreto, ya que no consta que haya cotizado por sobre los topes imponibles a la época de su exoneración. Siendo ello así, y dado que el planteamiento del señor Monsalve Pantoja ha sido latamente estudiado por este Órgano de Control, sin que los argumentos que esgrime en esta ocasión sean distintos a los tenidos en cuenta en los pronunciamientos citados, corresponde ratificarlos. En consecuencia, se desestima la pretensión del peticionario. Transcríbase al Instituto de Previsión Social, haciéndose devolución del expediente acompañado. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 23981/2010
Confirma dictámenes
Dictamen N° 54894/2013
Confirma dictámenes
Dictamen N° 16713/2014
Confirma dictámenes
Dictamen N° 56381/2014
Confirma dictámenes