Dictamen N° 20598/2016
N° 20.598 Fecha: 16-III-2016 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, que aplica la medida disciplinaria de censura a las funcionarias Liliana Zúñiga Fuentes, Carolina Cecilia Rojas Elgueta, Elizabeth Yévenes Jérez y Laura Echeverría Cordero, por cuanto, atendida la naturaleza de establecimiento de salud autogestionado en red que posee el Hospital San José de Melipilla -a cuya dotación pertenecen esas servidoras-, la potestad disciplinaria para imponer la referida sanción, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 31, inciso quinto, 35 y 36, letra f), incisos primero y segundo, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, y artículo 140 de la ley N° 18.834, se encuentra radicada en el director de dicho centro asistencial, tal como lo ha precisado la jurisprudencia contenida en los dictámenes N° s 10.137, de 2012, 79.194, de 2014, en relación con el dictamen N° 21.046, de 2005, todos de este origen. En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo de la suma, correspondiendo que los antecedentes acompañados se remitan a la autoridad competente para que se pronuncie respecto de la responsabilidad administrativa establecida en el proceso de que se trata. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General