Dictamen CGR

Dictamen N° 21216/2014

2014-03-25 · Salud pública y personal de salud · general · Vigente
Sumario. Corresponde a la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile pronunciarse sobre el estado de salud de sus funcionarios

N° 21.216 Fecha: 25-III-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Gabriel Herman Lillo Álvarez, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad de su eliminación por afectarle una imposibilidad física. Requerido su informe, esa institución manifestó, en síntesis, que su Comisión Médica Central declaró que la salud del recurrente era incompatible para el desempeño de su cargo, por lo que se dispuso su cese por dicha causal, a contar del 11 de enero de 2013. En cuanto a su disconformidad con la decisión de esa comisión, es menester destacar, con arreglo a lo prescrito en el artículo 73 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa entidad policial, que a aquélla le compete efectuar el examen de los funcionarios a fin de establecer su capacidad física para permanecer en el servicio o determinar la afección que los imposibilita para ello, sin que le corresponda a este Ente Fiscalizador revisar los datos clínicos que sirven de base a la resolución que ese organismo sanitario adopte, tal como se expresó en los dictámenes N os 32.293, de 2010 y 56.723, de 2012, de este origen, entre otros. Ahora bien, en la documentación tenida a la vista, aparece que dicho cuerpo colegiado declaró la salud del interesado como incompatible para el desempeño de su cargo, en consideración a la dolencia que padece, conclusión que no puede ser objetada con certificaciones emitidas por su médico tratante, según se precisó en los oficios N os 9.703 y 50.420, ambos de 2012, de esta Institución de Control, entre otros. Por consiguiente, la desvinculación del señor Gabriel Herman Lillo Álvarez, se ajustó a derecho. Finalmente, en lo que atañe a la falta de atención médica a su hijo en el Hospital de Carabineros, se debe expresar que no se acompaña ningún antecedente en apoyo de su alegación, por lo que esta Contraloría General no se pronunciará sobre este punto. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 32293/2010
Aplica dictámenes
Dictamen N° 56723/2012
Aplica dictámenes
Dictamen N° 9703/2012
Aplica dictámenes
Dictamen N° 50420/2012
Aplica dictámenes