Dictamen N° 214/2016
N° 214 Fecha: 05-I-2016 Don Christian Zaror Alarcón consulta si las actuaciones del Director del Servicio de Impuestos Internos que describe infringen el artículo 41 de la ley N° 18.575, en atención a la delegación de facultades y a las revocaciones parciales de la misma que acompaña a su presentación. Al respecto, es necesario advertir que acorde con las instrucciones contenidas en su oficio circular N° 24.143, de 2015, esta Entidad Fiscalizadora emite informes a petición de particulares o funcionarios públicos en la medida que el correspondiente ‘interesado’ exponga un asunto que se refiera a derechos o intereses específicos, individuales o colectivos, circunstancia que no consta en la especie (aplica criterio expresado en los dictámenes N°s. 38.915 y 64.527, de 2015, ambos de este origen). En ese sentido, no corresponde pronunciarse sobre consultas teóricas o generales, como acontece en el presente caso, no advirtiéndose, en armonía con los términos del artículo 21 de la ley N° 19.880, que el peticionario haya expuesto un ‘interés individual o colectivo’ que se vea afectado por la situación que cuestiona, por lo cual este Organismo Fiscalizador debe abstenerse, en esta oportunidad, de emitir el pronunciamiento solicitado. Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado pertinente remitir copia de los antecedentes respectivos al Servicio de Impuestos Internos para los fines pertinentes. Saluda atentamente a usted, Por orden del Contralor General de la República María Frindt Rada Jefe de la División Jurídica Subrogante