Dictamen N° 21720/2013
N° 21.720 Fecha: 10-IV-2013 La señora Patricia Salgado Rojas y don Luis Tacchi M., en sus calidades de Presidenta y Secretario, respectivamente y según exponen, de la Junta de Vecinos U.V. N° 13, El Ingenio, reclaman que, en el marco del proceso de aprobación del Plan Regulador Comunal de San José de Maipo, la Administración no dio respuesta a sus observaciones. Sobre el particular, y considerando lo informado, a petición de esta Entidad Fiscalizadora, por la Municipalidad de San José de Maipo y la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo (SEREMI), cumple con hacer presente que de los antecedentes acompañados se advierte que el proceso de aprobación del referido plan regulador -normado en los artículos 43 y 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sancionada por el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y 2.1.11. de su Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, contenida en el decreto N° 47, de 1992, de la mencionada Cartera Ministerial- está actualmente en desarrollo, encontrándose pendientes, entre otros trámites, el análisis de las observaciones recibidas por los recurrentes, la adopción de los respectivos acuerdos por el Concejo Municipal, y el envío de los antecedentes a la SEREMI para el informe técnico pertinente. En ese contexto, este Ente de Control ha estimado del caso no acoger el reclamo de la especie, lo cual es sin perjuicio de puntualizar, por una parte, que ello no obsta las facultades fiscalizadoras que asisten en la materia a esta Contraloría General, y de que, en todo caso, en la aprobación del señalado plan, las autoridades competentes deben ajustarse a la normativa aplicable, precedentemente aludida (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 71.633, de 2011 y 23.041, de 2012). Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación