Dictamen N° 22318/2012
N° 22.318 Fecha : 18-IV-2012 Don Erhard Oppliger Pérez, invocando su calidad de presidente de la Asociación de Funcionarios Públicos, Ley 15.076, del Instituto Nacional del Tórax se ha dirigido a este Organismo de Control, solicitando un pronunciamiento respecto de la resolución N° 4, de 2011, del referido Instituto, que aprobó el contrato para la adquisición de un sistema de soporte completo para cirugías cardiacas, mediante trato directo, con la empresa que indica, toda vez que, en su opinión, debió haberse efectuado para ello un llamado a licitación pública. En relación con la materia, corresponde señalar, en primer término, que esta Entidad Fiscalizadora sólo emite informes a petición de los Jefes Superiores de Servicio y, excepcionalmente, a solicitud de funcionarios o de particulares, cuando se refieran a asuntos en que se ha producido una resolución denegatoria o se hubiere omitido o dilatado dicha resolución por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado. A su vez, tratándose de presentaciones de asociaciones de funcionarios, esta Contraloría General ha precisado, entre otros, en los dictámenes N°s. 42.321 y 42.551, ambos de 2009, que les son aplicables los mismos requisitos, entendiéndose, además, que esas entidades sólo cuentan con atribuciones para representar a sus asociados en el evento de que ellos soliciten expresamente su intervención -antecedente que se debe acompañar en las consultas que las antedichas agrupaciones formulen-, y que este Organismo de Control informará tales reclamos en la medida de que se trate de situaciones específicas que afecten a servidores determinados, como consecuencia de concurrir alguno de los presupuestos indicados en el párrafo anterior. Al respecto, cabe hacer presente que la presentación del rubro no ha dado cumplimiento a ninguno de los requisitos señalados, de manera que este Órgano Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado por la Asociación de Funcionarios Públicos, Ley 15.076, del Instituto Nacional del Tórax. Finalmente, y sin perjuicio de lo expresado, cabe manifestar que esta Entidad ha tomado razón de la citada resolución N° 4, de 2011, por estimar que dicho acto administrativo se encuentra ajustado a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República