Dictamen CGR

Dictamen N° 65944/2013

2013-10-14 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento por no existir denegatoria ni dilación por parte de la autoridad
Aplicado por
Dictamen N° 23563/2015
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N° 65.944 Fecha : 14-X-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Educación Región Metropolitana, la que solicita un pronunciamiento respecto de la legalidad de las instrucciones sobre la documentación de los vehículos fiscales, sus bitácoras y carpeta de vida, que habrían sido dictadas por la jefatura regional de ese servicio, toda vez que, en su opinión, no se ajustarían a lo prescrito en el decreto ley N° 799, de 1974, relativo al uso y circulación de los vehículos estatales. En relación con la materia, corresponde señalar, en primer término, que esta Entidad Fiscalizadora sólo emite informes a petición de los Jefes Superiores de Servicio y, excepcionalmente, a solicitud de funcionarios o particulares, cuando se refieran a asuntos en que se ha producido una resolución denegatoria o se hubiere omitido o dilatado dicha resolución por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado. A su vez, tratándose de presentaciones de asociaciones de funcionarios, esta Contraloría General ha precisado, entre otros, en los dictámenes N°s. 22.318, de 2012 y 59.893, de 2013, que les son aplicables los mismos requisitos, entendiéndose además, que esas entidades sólo cuentan con atribuciones para representar a sus asociados en el evento de que ellos soliciten expresamente su intervención -antecedente que se debe acompañar en las consultas que las antedichas agrupaciones formulen-, y que este Organismo de Control informará tales reclamos en la medida de que se trate de situaciones específicas que afecten a servidores determinados, como consecuencia de concurrir alguno de los presupuestos indicados en el párrafo anterior. Al respecto, cabe hacer presente que la presentación del rubro no ha dado cumplimiento a ninguno de los requisitos señalados, de manera que este Órgano Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado por la Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Educación Región Metropolitana. Cumple con señalar que este Ente de Control debe además abstenerse de emitir un dictamen, dado que la recurrente no plantea en forma precisa y concreta los hechos, razones y peticiones en que consiste la solicitud, según lo ordena el artículo 30, letra b) de la ley N° 19.880, esto es, la situación que la afecta y que motiva su presentación. Finalmente, y sin perjuicio de lo expresado, se remiten fotocopias de los oficios N°s. 35.593, de 1995 y 41.103, de 1998, que imparten las instrucciones de esta Contraloría General sobre uso y circulación de vehículos estatales. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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