Dictamen CGR

Dictamen N° 22451/2018

2018-09-07 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa decreto N° 1.797, de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública

N° 22.451 Fecha: 07-IX-2018 Esta Entidad de Control ha debido representar nuevamente el documento del epígrafe, mediante el cual se conceden pensiones de gracia a las personas que indica, extrabajadores de ENACAR S.A., dado que esa cantidad considerada en forma conjunta con el decreto N° 1.134, del mismo año y origen, supera el límite previsto en la glosa 03, asociada al Subtítulo 23, Ítem 01, Asignación 001, Operaciones Complementarias, del Tesoro Público, de la ley N° 21.053, de Presupuestos para el Sector Público del año 2018, correspondiente a 200 pensiones de esa naturaleza. En relación con lo anterior, es del caso tener presente que si bien el acto administrativo de que se trata fue emitido el año 2017, y la ley de presupuestos de esa anualidad, preveía un cupo ascendiente a 250 pensiones, éste fue ingresado a esta Contraloría General durante el curso del presente año. Sobre el particular, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12, del decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado y, en concordancia con el criterio sustentado por la jurisprudencia de esta Contraloría General, en los dictámenes N°s 21.459 de 2011, 40.080, de 2015 y 26.762, de 2016, entre otros, el ejercicio presupuestario tiene carácter anual y debe coincidir con el año calendario, y en consecuencia, a partir del 1° de enero de cada año, no puede efectuarse pago alguno a un presupuesto fenecido, sino que ello debe hacerse con cargo al que esté vigente y en conformidad con las normas de ejecución contempladas en la respectiva ley del ramo, las que por ende, deben aplicarse en el ejercicio correspondiente. En tales términos, para que fuese procedente asignar la cantidad indicada de pensiones en la resolución en estudio, debiese llevarse a cabo una modificación presupuestaria, respecto de la glosa respectiva, conforme con lo previsto en el decreto N° 2.060 de 2017, del Ministerio de Hacienda, a fin de elevar el número de cupos, para extrabajadores de ENACAR S.A, sin que conste la materialización de dicha circunstancia en la especie. En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República David Inda Costa Jefe de Departamento Subrogante Departamento de Previsión Social y Personal

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