Dictamen N° 23104/2015
N° 23.104 Fecha: 24-III-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Carlos Alberto Araya Celis, funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, impugnando la licitud de su evaluación del período 2013-2014, en la cual fue incluido en Lista N° 2, la que, en opinión de esa institución, se conformaría a la normativa que regula la materia. Al respecto, en cuanto a su desacuerdo con la valoración dada a su trabajo, cabe señalar que la facultad de este Organismo Fiscalizador para revisar las calificaciones, dice relación con la posible existencia de arbitrariedades o vicios de legalidad que pudieran presentarse en sus diferentes etapas, pero no sobre el mérito y desempeño de un determinado servidor, según lo informado en sus dictámenes N os 28.246, de 2011 y 52.845, de 2014, entre otros. Luego, en lo concerniente a que no correspondió que la pertinente junta hubiese rebajado las notas que le asignó su jefe directo, es menester indicar, en armonía con lo sostenido en los dictámenes N os 57.545, de 2012 y 57.661, de 2014, de esta Entidad de Control, entre otros, que si bien los órganos evaluadores deben tener en cuenta la precalificación al adoptar sus decisiones, la misma no es vinculante, ya que constituye uno de los elementos que ponderan al ejercer su cometido. Finalmente, acerca del planteamiento de no haberse valorizado sus constancias positivas, es dable manifestar que éstas revisten un carácter informativo y son parte de los distintos datos que examinan las juntas, que no limitan sus facultades para apreciar el comportamiento laboral de un empleado, de modo que el interesado pudo figurar en la Lista N° 2, aun cuando posea anotaciones destacadas en su historial, según fuese precisado en los dictámenes N os 33.094, de 2011 y 35.910, de 2012, de esta procedencia. Por consiguiente, cabe concluir que la situación del señor Carlos Alberto Araya Celis, referida a su evaluación del período 2013-2014, se ajustó a derecho. Transcríbase a la Policía de Investigaciones de Chile. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General