Dictamen N° 23986/2025
N° E23986 Fecha: 12-02-2025 Don Manuel Aguilera Zamora solicita un pronunciamiento que determine los profesionales habilitados para inscribirse en las especialidades del área de Ingeniería Civil del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría del Ministerio de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 48, de 1994, de esa Secretaría de Estado, y del Reglamento de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sancionado por el decreto N° 135, de 1978, de esa Cartera. Ello, por cuanto existirían “profesionales que no cumplirían con el título para actuar como Jefe de Proyectos y avalar la especialidad de Obras Sanitarias, ya que estos profesionales no cuentan con el título de Ingeniero Civil”. Sobre el particular, cumple con puntualizar que, en relación con tales aspectos y con motivo de diversas presentaciones del mismo recurrente, esta sede de Control emitió los dictámenes N°s E420672, de 2023 y E452732 y E500600, ambos de 2024. En ese contexto, y considerando que las presentaciones que en esta oportunidad se atienden se limitan a reiterar los planteamientos que ya fueron analizados y ponderados al emitirse los citados pronunciamientos, sin aportar nuevos antecedentes o elementos de juicio que permitan alterar lo concluido en los mismos, no corresponde emitir un nuevo dictamen sobre la materia. Sin desmedro de lo anterior, cabe recordar que de acuerdo con lo instruido en el citado dictamen N° E500600, de 2024, la Dirección General de Obras Públicas (DGOP) debía esclarecer e informar a esta Sede de Control respecto de las denuncias efectuadas por el interesado, relativas a que existirían “varios ejemplos en la planilla del Registro de Consultores obtenida de la página del MOP de profesionales que no cumplen con el título profesional para inscribirse en las especialidades indicadas”, y que la Dirección de Obras Hidráulicas no estaría “cumpliendo con las exigencias de requisitos de calidad profesional” en sus respectivas contrataciones públicas. Pues bien, en relación con esa materia la DGOP ha remitido su oficio N° 101, de 2024 -cuya copia se adjunta al interesado-, en el cual da cuenta detallada acerca de los asuntos planteados, y respecto del cual esta Contraloría General no tiene observaciones que formular. Con todo, y atendidas las nuevas denuncias efectuadas por el recurrente respecto de los convenios y los profesionales singularizados en las presentaciones que se adjuntan, esa repartición deberá informar a esta Contraloría General en el plazo de 20 días contado desde la recepción del presente oficio. Saluda atentamente a Ud., Victor Hugo Merino Rojas Contralor General de la República (S)