Dictamen CGR

Dictamen N° 24405/2017

2017-07-05 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir un pronunciamiento sobre supuestas ilegalidades en la construcción de Jardín Infantil emplazado en área verde que indica, por incidir en un asunto litigioso, ello sin perjuicio del ejercicio de las facultades fiscalizadoras de esta entidad de control
Aplicado por
Dictamen N° 30650/2018
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N° 24.405 Fecha: 05-VII-2017 Se han dirigido a esta Contraloría General los Diputados Claudia Nogueira Fernández y Daniel Farcas Guendelman, solicitando un pronunciamiento y que se fiscalice la legalidad de los actos de la Municipalidad de Recoleta que autorizaron el emplazamiento y construcción de un jardín infantil y sala cuna, en el área verde denominada parque calle G, de la comuna de Recoleta, en particular, en cuanto al cumplimiento de los principios de servicio, protección y coordinación, de acuerdo con la Ley General de Urbanismo y Construcciones, su Ordenanza y el Plan Regulador Comunal; y si tales determinaciones se encuentran debidamente fundadas y motivadas, en virtud de un procedimiento administrativo. Asimismo, solicitan se determine si se incurrió en infracción a los principios de transparencia, participación e información de la ciudadanía en dicho proyecto, especialmente antes de proceder a la tala de árboles que se realizó para dar inicio a la construcción de la obra y si se han adoptado las medidas de mitigación que implica tal actuación. Requerida al efecto, la aludida entidad edilicia informó que la materia se encuentra en conocimiento de los Tribunales de Justicia mediante la interposición de un recurso de protección, Rol N° 4317-2017 ante la Corte de Apelaciones de Santiago y una querella criminal RUC N° 1700330050-1, ante el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, Sobre el particular, cabe hacer presente que revisado el sitio web del Poder Judicial -www.pjud.cl-, se pudo constatar que el referido recurso de protección se encuentra actualmente en tramitación, verificándose, además, de los antecedentes tenidos a la vista, que se interpuso un reclamo de ilegalidad Rol N° 3244-2017, ante la Corte de Apelaciones de Santiago, acciones que abordan los tópicos planteados por los Diputados recurrentes. Al respecto, es dable indicar que, en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, esta no intervendrá ni informará los asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso, o que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, como ocurre en la situación de la especie, por lo que este Organismo de Control debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre la materia consultada. Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado pertinente remitir a la Unidad de Auditoría de Obras de la II Contraloría Regional Metropolitana de Santiago la presentación en examen a fin de que se disponga una investigación especial sobre la materia, pues tal como se ha concluido, entre otros, en los dictámenes N°s. 41.974, de 2013 y 9.433, de 2017, la referida abstención concierne únicamente a la facultad para dictaminar en los asuntos a que ese precepto se refiere, sin que se afecte las facultades fiscalizadoras que a esta Contraloría General le compete ejercer, conferidas por los artículos 98 de la Constitución Política y 1°, 6°, inciso primero, y 21 A de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de este Órgano de Fiscalización. Transcríbase a la Municipalidad de Recoleta. Saluda atentamente a Uds., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República Subrogante

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