Dictamen N° 245606/2022
Nº E245606 Fecha: 12-VIII-2022 I. Antecedentes Don Yoan Cortéz Fuentes solicita un pronunciamiento sobre la decisión de la Prefectura de Seguridad Privada O.S.10 de Carabineros de Chile, que le habría denegado, en enero de 2022, la renovación de su credencial de vigilante privado por haber sido desvinculado de esa institución policial por una medida disciplinaria en el año 2014, basándose en una norma que estableció un requisito de idoneidad cívica en tal sentido que entró en vigor en 2019. Agrega que obtuvo la última renovación de aquella acreditación precisamente en 2019, por lo que consultó a Carabineros de Chile si la normativa invocada para denegar su solicitud se aplica a su caso o solo a quienes se acrediten desde la fecha de su publicación hacia el futuro, pero que no ha obtenido una respuesta concreta. Sobre el particular, la Secretaría General de Carabineros de Chile informó a través de su oficio Nº 146, de 2022. II. Fundamento jurídico Cabe mencionar que el artículo quinto, Nº 7, del decreto Nº 867, de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (MISP), y el Apartado II, Nº 1, punto i), letra g), del manual operativo en materias de seguridad privada, aprobado por el decreto exento Nº 261, de 2020, del referido ministerio, exigen que el solicitante no haya dejado de pertenecer a las Fuerzas Armadas, a las de Orden y Seguridad o a Gendarmería de Chile, según sea el caso, donde hayan prestado servicios, por sanciones o medidas disciplinarias. Dicha idoneidad cívica, debe acreditarse a través de un certificado emitido por la institución a la que perteneció, según lo preceptuado en el punto iii), letra a), Nº 4, del mismo apartado y numeral. En seguida, el punto v) del referido apartado previene que para todos los cargos de seguridad privada en los que puedan ser autorizadas las personas naturales, y siempre que demuestren la totalidad de los requisitos exigidos, se otorgará una autorización cuya vigencia será de 3 años, renovable. III. Análisis y conclusión Sobre el particular, según lo informado por Carabineros de Chile, no consta la solicitud ni la denegación de la renovación a que se refiere el interesado, pero que en base a lo expresado en su presentación, puede señalar que al haber sido desvinculado de Carabineros de Chile por una medida disciplinaria no cumpliría con la idoneidad cívica que -al momento de solicitar la renovación- debe acreditar a través de un certificado emitido por la institución a la que perteneció, en el que conste que no dejó de pertenecer a ella, producto de la aplicación de una medida disciplinaria, conforme lo exigido por la normativa vigente. Al respecto, en concordancia con la jurisprudencia administrativa de este Ente de Control contenida en los dictámenes Nºs. E189784, E189785 y E212096, todos de 2022, es posible manifestar que dichas autorizaciones son temporales y deben ser renovadas por el interesado periódicamente, correspondiéndole demostrar que continúa dando cumplimiento a las exigencias de la normativa vigente a la data de su solicitud de renovación. Por ende, están sujetas a las modificaciones normativas que se dicten con posterioridad a la fecha de la acreditación anterior, las que no le serán aplicables retroactivamente sino de inmediato. Por consiguiente, se debe concluir que en el evento de que el interesado hubiera solicitado la renovación de su autorización de vigilante privado en la fecha que indica, a saber, enero del año en curso, le resulta aplicable la normativa vigente ya reseñada, que exige la acreditación de su idoneidad cívica con el certificado ya indicado. Finalmente, dado que la institución policial en el oficio aludido se ha hecho cargo, en detalle, de la consulta formulada -sin que se adviertan elementos que permitan efectuar un reproche en relación con lo informado-, y teniendo presente los términos generales en que se efectúan las alegaciones de la especie, en la que no consta una copia de la solicitud ni del rechazo de la misma, esta Contraloría General cumple con remitir copia del mencionado informe para su conocimiento. Saluda atentamente a Ud., JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República