Dictamen CGR

Dictamen N° 25115/2013

2013-04-24 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Proceso calificatorio en Carabineros de Chile no es la instancia pertinente para impugnar un procedimiento disciplinario que se encuentra afinado
Aplicado por
Dictamen N° 58876/2013
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N° 25.115 Fecha: 24-IV-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Claudio César Olave Ruiz, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento acerca de la legalidad de su proceso calificatorio correspondiente al año 2012, en el cual fue incluido, por segunda vez consecutiva, en Lista N° 3, de Observación, lo que implicó su alejamiento de ese servicio. Requerido su informe, dicha institución policial ha manifestado, en síntesis, que esa evaluación se conformó a la normativa que rige la materia. Sobre el particular, en cuanto a que para ubicarlo en la referida nómina, no se debió ponderar la sanción de treinta días de arresto que se le aplicó, pues, a su juicio, en la investigación instruida en su oportunidad se habrían cometido vicios que afectarían la validez de tal indagación, corresponde señalar que la jurisprudencia administrativa, contenida en los dictámenes N os 16.825 y 78.168, de 2011, de este origen, precisó que el proceso calificatorio no es la instancia pertinente para impugnar un procedimiento disciplinario que se encuentra afinado. En este mismo sentido, resulta pertinente agregar, con arreglo a lo informado en los oficios N os 16.891, de 2010 y 78.156, de 2011, de esta Entidad Fiscalizadora, que los órganos evaluadores poseen plenas atribuciones para valorizar el desempeño de un servidor, no existiendo impedimento alguno para que esos cuerpos colegiados consideren los castigos que aquél registre, sobre todo si éstos tienen directa relación con los aspectos apreciados, como sucedió en la especie. Por consiguiente, cabe concluir que la calificación del señor Claudio César Olave Ruiz correspondiente al año 2012, en la que fue incorporado, por segunda vez consecutiva, en Lista N° 3, de Observación, se ajustó a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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