Dictamen N° 26564/2010
N° 26.564 Fecha: 18-V-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Enrique Celso Pérez López, ex empleado de la antigua Corporación de la Vivienda, exonerado político, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 18.033, de 2010 de este Organismo de Control. Al respecto, es del caso recordar que a través del precitado pronunciamiento se concluyó, en síntesis, que el beneficio que favorece al recurrente se encuentra correctamente calculado, sin que pueda incorporarse, en su cálculo, la asignación profesional contemplada en el aludido artículo 3° del D.L. N° 479, de 1974, por tratarse de una jubilación no contributiva determinada sobre la base de la última renta imponible percibida en actividad, en los términos del artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960, en relación con la letra b) del artículo 2° de la ley N° 18.263. Asimismo, resolvió que no es posible tomar en consideración lo dispuesto en el artículo 1° de la ley N° 19.200, que reemplazó al artículo 15 de la ley N° 18.675, por cuanto dicha normativa entró en vigencia recién en enero de 1993, no encontrándose vigente al mes de marzo de 1990, época fijada por la ley N° 19.234 para determinar la pensión de los ex trabajadores del sector público. Ahora bien, en atención a que en esta oportunidad no se acompañaron antecedentes nuevos y distintos a los ya analizados, que permitan alterar lo concluido, sólo cabe ratificar en todas sus partes el dictamen N° 18.033, de 2010, de esta Entidad Fiscalizadora. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República