Dictamen N° 26933/2016
N° 26.933 Fecha: 11-IV-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jaime Eduardo González Herrera, exfuncionario de Carabineros de Chile, reclamando en contra del monto del bono de permanencia que le fue otorgado por esa institución policial, pues en su opinión se debería contabilizar el período de conscripción militar. En su informe, el mencionado organismo manifestó, en síntesis, que el tiempo computado para efectos del pago del aludido beneficio se ajustó a la normativa que regula la materia, toda vez que no correspondió considerar el indicado lapso. Sobre el particular, es menester consignar que, según lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la ley N° 20.104, la citada bonificación, se determinará en relación con los años de servicios efectivos a la entrada en vigor de dicho texto legal, esto es, el día 27 de abril de 2006, y los cumplidos al momento del cese, y consistirá en un número de meses de su última remuneración imponible, acorde a la tabla que se indica. En este sentido, es dable manifestar que el beneficio en análisis se orienta a incentivar la prolongación de la carrera en Carabineros de Chile, a través de los desempeños efectivamente prestados, de modo que en el cómputo de los tiempos necesarios para disfrutar del mismo, no resulta posible considerar lapsos que no tienen esa calidad, como ocurre con el período de conscripción militar, según se precisó, para una situación similar, en el dictamen N° 56.338, de 2014, de este origen. Pues bien, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que a la data de su retiro -1 de diciembre de 2014-, el señor González Herrera cumplió 30 años de servicios efectivos en dicha entidad policial, y que el bono de permanencia que le fue pagado correspondió a tres meses de su última remuneración imponible, lo que se conforma con lo establecido en el anotado artículo 2° transitorio, cabe concluir que el actuar de Carabineros de Chile, se ajustó a derecho. Transcríbase a Carabineros de Chile y a la Contraloría Regional de la Araucanía. Devuélvase a la mencionada institución policial el expediente adjunto. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República