Dictamen N° 28154/2014
N° 28.154 Fecha: 22-IV-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General exfuncionario del Ejército, solicitando, por las razones que expone, la reconsideración del dictamen N° 22.232, de 2014. En primer término, cabe recordar que en ese pronunciamiento esta Entidad Fiscalizadora reiteró que los actos administrativos de los organismos de la Defensa Nacional adquieren eficacia desde su inserción en el Boletín Oficial, siendo la fecha de esta gestión la de su total tramitación, de modo que la resolución N° 1630/65, de 1980, de esa institución castrense, a través de la cual se dispuso el licenciamiento del peticionario, se encuentra notificada el 29 de septiembre de esa anualidad, época del respectivo boletín, criterio que, además, ha sido reconocido por la jurisprudencia contenida en los dictámenes N°s 34.210, de 1956; 361, de 1983 y 8.077, de 1989, entre otros, de este Órgano de Control. Luego, en lo que atañe a que su cese, de acuerdo con lo que establecía el artículo 183 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, anterior Estatuto Administrativo, en relación con el artículo 240 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas vigente a la referida data, debió comunicársele personalmente, es menester expresar, por una parte, que su alejamiento se fundó en el hecho de haber sido incorporado en Lista N° 4, de Eliminación y, por otra, que el precepto a que él alude regulaba la medida disciplinaria de petición de renuncia, razón por la cual dicha normativa no resultaba aplicable a la materia que nos ocupa. En consecuencia, atendido que el asunto planteado por el ocurrente ya fue analizado por esta Contraloría General, sin que se acompañen nuevos antecedentes que permitan modificar el dictamen N° 22.232, de 2014, se rechaza su solicitud y se confirma ese pronunciamiento. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República