Dictamen CGR

Dictamen N° 41553/2015

2015-05-26 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. La protección establecida en el artículo 90 A de la ley N° 18.834 requiere que las respectivas denuncias sean efectuadas ante el jefe superior del servicio al que pertenece el funcionario que la invoca
Aplicado por
Dictamen N° 29390/2017
Aplica dictámenes
Dictamen N° 66581/2015
Aplica dictamen

N° 41.553 Fecha: 26-V-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Ricardo Cartes Velásquez, ex profesional funcionario del Servicio de Salud Biobío, solicitando nuevamente la reconsideración del dictamen N° 39.823, de 2014, de este origen, por las razones que expone. Sobre el particular, es útil recordar que mediante el pronunciamiento impugnado, ratificado por este Órgano de Control a través del dictamen N° 88.000, de 2014, se le manifestó al interesado que las denuncias que efectuó mientras fue empleado de esa institución, no resultaban idóneas para acceder a los beneficios que contempla el artículo 90 A de la ley N° 18.834, en favor de los servidores que adviertan hechos irregulares, dado que aquellas no fueron formuladas ante el jefe superior de ese organismo. Ahora bien, considerando que en esta ocasión el recurrente reitera los argumentos que expuso en sus presentaciones anteriores, sin acompañar antecedentes nuevos que permitan modificar lo concluido sobre el tema, procede desestimar la petición de la especie. En consecuencia, se confirma el dictamen N° 39.823, de 2014, de este origen. Transcríbase a la Contraloría Regional del Biobío. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 88000/2014
Aplica dictamen
Dictamen N° 39823/2014
Aplica dictamen