Dictamen N° 42651/2011
N° 42.651 Fecha: 07-VII-2011 Mediante el oficio N° 3545, de 2011 , la Contraloría Regional del Maule ha remitido, para su estudio, la resolución N° 93, de 2011, del Gobierno Regional del Maule, por la que se promulga el Plan Regulador Comunal de Curicó, correspondiente a las áreas urbanas de la ciudad de Curicó-Sarmiento y las localidades de La Obra, Los Niches y Cordillerilla, instrumento de planificación territorial que, con anterioridad, fue representado por esa Sede Regional sobre la base de lo consignado por esta División de Infraestructura y Regulación en su oficio N° 33.853, de 2010. Al respecto, cumple con manifestar que del examen de los antecedentes adjuntos se advierte que se han subsanado suficientemente las observaciones contenidas en el aludido oficio emanado de esta División, pero debe hacer presente, en relación con el artículo 3.2.2 “CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA USOS DE EQUIPAMIENTO” de la Ordenanza Local, que entiende que las normas urbanísticas previstas respecto de los equipamientos que indica, resultan aplicables en todas las zonas en que se admiten tales equipamientos, y en lo que concierne al artículo 4.1.3 “USOS DE SUELO Y NORMAS ESPECÍFICAS”, que la densidad máxima que se fija en las respectivas zonas corresponde a densidad “bruta”, según lo establecido en el artículo 2.1.22. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, aprobada por el decreto N° 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Con todo, es dable puntualizar que la indicada resolución se encuentra remitida en siete versiones originales, de modo que, por una parte, deben adoptarse las medidas correspondientes y cotejar, esa Contraloría Regional, que los textos coincidan exactamente (aplica dictámenes N°s 33.853 y 56.188, ambos de 2010), y por la otra, formularse el alcance en orden a que, en lo sucesivo, las resoluciones deben emitirse en un único ejemplar original. En mérito de lo anterior, se remite, junto con sus antecedentes, la resolución de que se trata, a fin de que, con los alcances que anteceden, sea tomada razón por esa Sede Regional. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación