Dictamen CGR

Dictamen N° 44120/2010

2010-08-04 · Toma de razón y control de legalidad · general · Vigente
Sumario. Sobre oportunidad de la toma de razón de resolución que indica
Aplicado por
Dictamen N° 1262/2014
Aplica dictámenes
Dictamen N° 55138/2012
Aplica dictámenes

N° 44.120 Fecha: 04-VIII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jorge Olivero Arenas, funcionario del Ministerio de Educación, para consultar acerca del plazo dentro del cual este Ente de Control tomará razón del acto administrativo que formaliza su nombramiento en una plaza perteneciente a su planta profesional, grado 9 de la E.U.S., para desempeñarse en el Departamento Provincial de Educación de Curicó. Al respecto, debe precisarse que el Ministerio de Educación, a través de su resolución N o 26, de 2010, nombra en el aludido escalafón a 155 funcionarios, entre ellos, el ocurrente, como resultado de un concurso interno de promoción, documento que fue retirado de esta Entidad Fiscalizadora, sin tramitar, por la referida Cartera de Estado, con fecha 25 de mayo de la misma anualidad, siendo reingresado para su estudio de legalidad el día 20 de julio del año en curso. Luego, es menester indicar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, el trámite de toma de razón se debe efectuar dentro del plazo de quince días contados desde la recepción del acto administrativo, el que puede ser prorrogado por el Contralor, por igual lapso, en las condiciones que dicha norma precisa. En este contexto, conviene anotar, en armonía con el criterio contenido en el dictamen N° 65.121, de 2009, de este origen, que dicho término puede verse alterado por distintos elementos presentes en los actos sometidos al mencionado examen de legalidad, fundamentalmente su extensión y complejidad, tal como ocurre en la especie atendido su carácter colectivo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 65121/2009
Aplica dictamen