Dictamen N° 44756/2016
N° 44.756 Fecha: 16-VI-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento de la suma, que absuelve al funcionario Rodrigo Solar Coronel, sobresee en relación con las materias que indica, y aplica la medida disciplinaria de censura al servidor Ricardo Moya Montecinos, el cual, según consta en los registros de este Órgano Fiscalizador, cesó en el cargo que ocupaba en ese organismo a contar del 21 de abril de 2014, para, enseguida, desde esa misma fecha, seguir ejerciendo funciones en el Servicio de Tesorerías hasta ahora, sin solución de continuidad. Al respecto, se debe hacer presente, en armonía con lo señalado en los dictámenes N os 48.844, de 2014 y 12.027, de 2016, entre otros, de este origen, que en el evento que el empleado público sancionado mantenga esa condición sin interrupción, como ocurre en ese caso particular, corresponde a la autoridad de la institución en que se instruyó el proceso, determinar la medida disciplinaria que se debe imponer al afectado y luego remitir copia autorizada del acto administrativo exento y de las piezas procesales pertinentes a la entidad en la que actualmente labora, con el objeto que la jefatura competente dicte la resolución afecta al trámite de toma de razón que materialice la misma sanción que dispuso el órgano en que se cometió la falta estatutaria. En este sentido, cabe precisar que la comunicación, mediante oficio, que se ordena en el resuelvo 3° del instrumento en estudio, no es una diligencia administrativa idónea para que el Servicio de Tesorerías pueda hacer efectiva la aludida medida disciplinaria. Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, es necesario indicar que ese órgano deberá someter al referido examen de legalidad el acto administrativo que dispone la absolución y el sobreseimiento en los aspectos referidos, en atención a lo previsto en el artículo 7°, párrafo 7.2.,3., de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta procedencia. En consecuencia, se representa el acto administrativo del epígrafe y se devuelve con sus antecedentes para que esa superioridad proceda según lo precedentemente expuesto. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República