Dictamen N° 4529/2013
N° 4.529 Fecha: 22-I-2013 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don Jorge Riveros Morales, jefe de la unidad técnico pedagógica de la Municipalidad de Paine, solicitando un pronunciamiento sobre el tiempo de tramitación de una investigación sumaria, supuestas irregularidades en un concurso público para proveer cargos directivos en el liceo “María Carvajal Fuenzalida” y otras consultas sobre el desempeño de su plaza. Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo con las disposiciones de la ley N° 10.336 y las instrucciones impartidas mediante el oficio circular N° 24.841, de 1974, a esta Entidad Fiscalizadora solo le corresponde conocer y pronunciarse respecto de presentaciones deducidas por particulares o funcionarios públicos en caso de que ellas se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria en relación con un derecho, o se haya omitido o dilatado una decisión por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 18.079, de 2007; 67.843, de 2009 y 68.226, de 2010), lo que no consta que suceda en la especie, respecto de ninguna de las peticiones del reclamante. En este sentido y a modo meramente ilustrativo, corresponde manifestar que solo una vez que se encuentre debidamente afinado el proceso administrativo cuestionado, mediante la dictación del respectivo acto terminal y sea éste notificado, podrá quien se vea afectado por él, requerir su revisión. De igual manera y respecto del certamen que indica, en la medida que quienes postularon al correspondiente concurso, consideren que en aquel se produjeron vicios de legalidad que los afectan, tendrán derecho a reclamar del mismo. En consecuencia, esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República