Dictamen N° 4576/2018
N° 4.576 Fecha: 09-II-2018 Esta Contraloría General ha debido abstenerse nuevamente de dar curso a los instrumentos del rubro que, entre otras medidas, aprueban la liquidación unilateral de los contratos denominados “Construcción obras complementarias e instalaciones conmemoración Bicentenario, zona norte” y “Construcción obras complementarias e instalaciones conmemoración Bicentenario, zona sur”, respectivamente -que habían sido representados mediante los oficios N os 10.987 y 10.989, ambos de 2017-, por cuanto no se advierte el fundamento legal por el cual se ha incrementado con IVA el monto de las indemnizaciones cuyo pago se autoriza mediante los actos en examen. Además, y atendido que con posterioridad a las aludidas representaciones la empresa ha efectuado nuevas solicitudes de pronunciamiento -referencias N°s 216.061 y 216.062, ambas de 2017; 162.062, 162.063, 165.288, 165.289, 165.294 y 165.295, todas de 2018- en las cuales desarrolla en detalle sus pretensiones, cumple con remitir fotocopia de las mismas a ese servicio, a fin de que al reingresar a trámite las resoluciones que efectúen las liquidaciones de que se trata, emita un informe también detallado y documentado acerca de las situaciones alegadas. Lo anterior resulta esencial a los efectos de ponderar adecuadamente, en el examen previo de legalidad, los cuestionamientos que se plantean, especialmente el relativo a la petición de pago de obras extraordinarias ejecutadas en la etapa 1, región del Bío-Bío, a raíz del cambio de emplazamiento que tuvo en cuanta el contratista al formular su propuesta, y a los gastos generales -si se considera que en los oficios N°s 1.331 y 1.332, de 2017, de esa Dirección, no se realiza un análisis jurídico detallado del tema, teniendo presente que se trata de un contrato que se paga y recibe por etapas-. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División de Infraestructura y Regulación