Dictamen N° 50404/2014
N° 50.404 Fecha: 04-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Dirección de Bibliotecas Archivos y Museos, consultando si el Diplôme de L’Institut D’Ètudes Politiques de París, Francia, revalidado por la Universidad de Chile, habilita para acceder a la asignación profesional. Requerido su informe, la última institución de educación superior citada manifestó en síntesis, que la revalidación dispuesta en relación al título en comento, le confiere el carácter de profesional. Sobre el particular, es útil anotar que el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, expresa que el estipendio en comento favorece a los servidores de las entidades que señala, que cuenten con un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, cuyo proyecto de enseñanza posea un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases. Enseguida, resulta necesario precisar, en armonía con el criterio contenido en el dictamen N° 55.318, de 2013, de este Órgano de Control, que la indicada exigencia horaria, para los efectos que interesan, sólo debe ser cumplida en aquellos casos en que la carrera pertinente tenga una duración mínima de seis semestres, y no respecto de las que cuentan con una malla curricular que sobrepase ese límite. Por su parte, conviene hacer presente que según prescribe el artículo 6° del decreto con fuerza de ley N° 153, de 1981, del Ministerio de Educación, compete a la Universidad de Chile la atribución privativa y excluyente de reconocer, revalidar y convalidar títulos profesionales obtenidos en el extranjero, sin perjuicio de lo señalado en los tratados internacionales. Luego, es menester considerar que de acuerdo a lo dispuesto en el decreto universitario exento N° 0030.203, de 2005, de esa casa de estudios, se entiende por revalidación la certificación de equivalencia entre un título profesional o un grado académico concedido en el extranjero, con el respectivo título profesional conferido por la Universidad de Chile u otras instituciones nacionales de educación superior universitaria, trámite que implica otorgarles el mismo valor que estos últimos, tal como se manifestó en el dictamen N° 46.725, de 2013, de este origen. Ahora bien, dado que en la especie, aparece que el diploma en consulta fue revalidado por el título profesional de Cientista Político impartido en Chile, con un plan de estudios de diez semestres, es preciso concluir que éste habilita a quien lo posea para percibir el emolumento en análisis. Transcríbase a la Universidad de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República