Dictamen CGR

Dictamen N° 5144/2015

2015-01-20 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Diploma de Técnico Forestal otorgado por la Universidad de Concepción en el año 1981, es útil para percibir la asignación profesional
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N° 5.144 Fecha: 20-I-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero del Biobío, consultando si el título de Técnico Forestal, otorgado por la Universidad de Concepción a la señora María Genoveva Castro Parra, en el año 1981, es útil para percibir la asignación profesional, para lo cual acompaña dos certificados emanados de esa casa de estudios superiores, uno de título y otro de duración de la carrera. Requerida de informe, esa institución de enseñanza manifestó que ese diploma reviste el carácter de profesional. Sobre el particular, es dable recordar que el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974 -modificado por el artículo 8° de la ley N° 19.699-, concede el referido estipendio a los servidores de las entidades que indica, que, entre otras exigencias, tengan un título profesional conferido por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, cuyo proyecto de enseñanza posea un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases. Enseguida, conviene destacar que la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 42.360, de 2011, informó que los nuevos requisitos contemplados por la legislación para percibir la asignación en análisis -esto es, seis semestres y 3.200 horas de clases-, solo deben ser satisfechos por aquellos funcionarios que se hubieren titulado con posterioridad al 16 de noviembre del año 2000, situación en la que no se encuentra la señora Castro Parra, no obstante cumplir con dichas exigencias. De esta manera, considerando lo señalado por la mencionada universidad, es preciso concluir que el título en consulta permite impetrar el beneficio de que se trata, razón por la cual procede reconsiderar, en lo pertinente, el criterio del dictamen N° 7.880, de 2002, de este origen, en lo relativo al carácter de dicho diploma. Transcríbase a la Universidad de Concepción, a la Contraloría Regional del Biobío y restitúyanse los certificados acompañados por el Servicio Agrícola y Ganadero. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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