Dictamen N° 52054/2015
N° 52.054 Fecha: 30-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Genoveva Castro Parra, funcionaria del Servicio Agrícola y Ganadero -SAG-, consultando la época a partir de la cual su empleador debe pagarle la asignación profesional, aspecto sobre el que se requirió de informe a ese organismo, quien se refirió a la materia. Al respecto, conviene recordar que mediante el dictamen Nº 5.144, de 2015, esta Institución de Control manifestó, por las razones que allí se indican, que el título de Técnico Forestal otorgado a la interesada por la Universidad de Concepción en el año 1981, le permite acceder al mencionado beneficio. Enseguida, resulta útil anotar que la reiterada jurisprudencia de este Órgano Fiscalizador contenida, entre otros, en los dictámenes N°s 21.492, de 2013 y 41.204, de 2014, ha expresado que el derecho a percibir el emolumento de que se trata, se devenga desde que el solicitante acredita ante el servicio respectivo la posesión de un título profesional habilitante para recibirlo. Ahora bien, corresponde destacar que la peticionaria ha acompañado copia del oficio ordinario Nº 1.037, de 29 de mayo de 2012, emitido por la Encargada Regional de las Personas SAG - Región del Biobío, del cual se desprende que al menos a partir de esa fecha la interesada comprobó ante dicha institución su diploma, interrumpiendo con ello la prescripción aplicable al cobro de ese estipendio, razonamiento armónico con lo indicado en el dictamen N° 50.412, de 2011, de este origen. Por ende, cabe concluir que ese organismo deberá revisar la situación de la recurrente y pagarle las cantidades que se le adeuden, considerando la mencionada data para efectos de la prescripción pertinente. Transcríbase a la señora Castro Parra. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante