Dictamen N° 548970/2024
N° E548970 Fecha: 07-X-2024 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba convenio de modificación del contrato de “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Construcción de la obra denominada: Hospital del Salvador e Instituto Nacional de Geriatría”. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que el documento en examen ha sido dictado con evidente retraso, toda vez que data del 12 de septiembre de 2024, en circunstancias que el convenio que aprueba es de fecha 6 de octubre de 2023. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente, tal como se ha sostenido reiteradamente por este Organismo de Control, entre otros, en los dictámenes Nos E242457 y E264341, ambos de 2022, E389452, E406640 -este último respecto del mismo contrato-, de 2023, y E485313, E508899 y E545611, de 2024, todos de este origen y dirigidos a esa entidad. Adicionalmente, y como también se ha expresado en forma reiterada -entre otros, en los ya citados dictámenes Nos E406640, de 2023 y E545611, de 2024-, el acto administrativo que aprueba la reprogramación de recursos estipulada ha debido dictarse oportunamente, de modo tal que el control previo de juridicidad que se lleve a cabo pueda efectuarse en forma eficaz y no se refiera a situaciones jurídicas consolidadas, lo que ocurre en la especie, atendida la época en la que incide la modificación. Enseguida cumple con hacer presente que el plazo de vigencia del contrato expresado en los resuelvos Nos 2 y 3 corresponde a 36,67 meses y no al que allí se consigna. Asimismo, corresponde mencionar que el compromiso de fondos TD5 del resuelvo 6 del acto administrativo en estudio corresponde al N° 25.702, de 14 de agosto de 2024, por un valor de $543.142.682. De igual modo, es del caso precisar que no advierte la incorporación del ítem “Chofer Inspector Fiscal N°8 Art. 12.1.13 letra d)” en los anexos Nos 4, 5 y 6 del convenio que se aprueba, los cuales deberán ser rectificados. Finalmente, en lo meramente formal, cabe señalar que el decreto supremo MOP N° 141, citado en el visto N° 11 y en el numeral 1 del convenio, es de fecha 11 de febrero de 2014. Con los alcances precedentes, se ha dado curso al acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Por orden de la Contralora General de la República (S). OSVALDO VARGAS ZINCKE Jefe de División